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viernes, 25 de noviembre de 2011

Cómo se aplican las leyes de cierre de webs: Reino Unido

Una de las excusas que los promotores de las diferentes versiones de las leyes-basura que, pretendidamente, van a salvar la industria del copyright y miles de millones de puestos de trabajo a expensas del resto de ciudadanos, es que los cierres se producen “tras la intervención de un juez“ que, también pretendidamente, emite una orden judicial.

Esto es la teoría y lo que cacarean los lobistas de la industria de la farándula. Pero en la práctica, la cosa va por otros derroteros. Concretamente, se cierran los dominios y a quien Dios se la dé, San Pedro se la bendiga.

Es el caso de Nominet, un registrador del Reino Unido, que lleva ya un tiempo suspendiendo (bonito eufemismo) dominios atendiendo a simple requerimiento de las “autoridades competentes”.

A las peticiones de información de Open Rights Group (ORG) acerca del proceso seguido, las “autoridades competentes” han respondido de forma oral, y con información muy general, consistente en número de dominios afectados, y un resumen de las “infracciones”. Nada más.

Por su parte, las “autoridades competentes” pasan la patata caliente a Nominet, quien debe responsabilizarse de sus acciones una vez recibe la notificación petición para el cierre de la web en cuestión, y encima bajo amenaza de represalias bajo la Ley de Procedimiento Criminal.

En Nominet saben que lo están haciendo mal, y por eso han creado una especie de grupo de debate para hacer un proceso estandarizado que seguir en estos casos, aunque no se ha llegado a un acuerdo entre las diferentes asociaciones de ISP británicos ni ORG que han decidido, cada cual por su lado e informando a Nominet de la decisión, que las suspensiones de dominios deben realizarse solamente tras la recepción de una orden judicial que lo solicite.

La decisión de ORG se basa en que cerrar un dominio sin ninguna intervención judicial choca frontalmente con la Convención Europea de Derechos Humanos, concretamente con el artículo 6:

Artículo 6: Derecho a un proceso equitativo

  1. Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída de manera equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable, por un tribunal independiente e imparcial, establecido por la ley, que decidirá de los litigios sobre sus derechos y obligaciones de carácter civil o sobre el fundamento de cualquier acusación en materia penal dirigida contra ella. [...]

  • Toda persona acusada de una infracción se presume inocente hasta que su culpabilidad haya sido legalmente declarada.

Como puede verse claramente, absolutamente todas las leyes-basura relacionadas con la presunta defensa de los derechos de autor se saltan estos dos puntos, ya que una petición de las “comisiones de expertos” basta para declarar culpables de infracción de copyright y, por tanto, censurar páginas web y desconectar usuarios de Internet. Ah, y ni siquiera hace falta presentar pruebas, ya que tampoco se comprueba nada.

Y así es como funciona la Digital Economy Bill, y así funcionarán la SOPA y nuestra Ley Sinde, cuyo reglamento definitivo podría aprobarse mañana en Consejo de Ministros en funciones, entrando en vigor el próximo domingo.

Así las gastan, nocturnidad, alevosía, mala leche, a espaldas de los ciudadanos, saltándose a la torera la ley cada vez que pueden.

Vía | Open Rights Group

http://www.nacionred.com/censura/como-se-aplican-las-leyes-de-cierre-de-webs-reino-unido